- MX MX/1116/06032024 ATV-EXPEDIENTE 160
- Unidad documental simple
- 16 de diciembre de 1793
Parte deAlejandro Topete del Valle
Se manda que los indios, hacendados y feligreses de cada parroquia de la Jurisidcción del Reino de Nueva Galicia concuran anualmente a la parroquia para dar arreglo a cualquier desperfecto de la misma, independientemente de si se hacen limosnas para dicha causa.
Audiencia y Cancillería Real del Reino de Nueva Galicia